Personas beneficiarias
Serán beneficiarias aquellas personas que causen alta en el régimen especial de autónomos o en cualquier otro régimen especial por cuenta propia de la Seguridad Social o en mutualidad de colegio profesional entre el 30 de septiembre de 2023 y el 29 de septiembre de 2024, ambos inclusive, como titulares o cotitulares del negocio o explotación.
Objeto
La finalidad de este programa es la concesión de 2 líneas de ayuda económica la aquellas personas desempleadas que pretendan desarrollar su actividad empresarial o profesional en Galicia como trabajadoras autónomas o por cuenta propia, para hacer frente a los distintos gastos generados en el comienzo y mantenimiento de su actividad laboral.
Se establecen 2 líneas de ayudas:
- Línea 1: una ayuda para el inicio de la actividad económica y mantenimiento del empleo como persona trabajadora autónoma
- Línea 2: una ayuda para sufragar los gastos del mantenimiento de la actividad por cuenta propia, equivalente a 12 meses de la cuantía de la cuota reducida regulada en el apartado 1 del artículo 38.ter de la Ley 20/2007, de 11 de julio, del Estatuto del trabajo autónomo.
Bases reguladoras
Las bases reguladoras completas pueden consultarse en el enlace https://www.xunta.gal/dog/Publicados/2024/20240109/AnuncioG0656-291223-0004_es.pdf
Importe
Para la concesión de estas ayudas se destinan veintiocho millones novecientos cincuenta y seis mil quinientos euros (28.956.500 €).
Plazo de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes de esta orden se iniciará el día 16 de enero de 2024 y finalizará el 29 de septiembre de 2024.
Enlaces de interés
Bases: https://www.xunta.gal/dog/Publicados/2024/20240109/AnuncioG0656-291223-0004_es.pdf
Extracto: https://www.xunta.gal/dog/Publicados/2024/20240109/AnuncioG0656-291223-0005_es.pdf