ACUERDO de 28 de mayo de 2020 por el que se deja sin efecto el de 24 de marzo de 2020 por el que se establecen medidas preventivas en el ámbito de la sanidad mortuoria, como consecuencia de la epidemia del COVID-19, en la Comunidad Autónoma de Galicia (DOG 29 de mayo de 2020).
https://www.xunta.gal/dog/Publicados/2020/20200529/AnuncioC3K1-280520-0001_es.pdf
Conviene destacar de este Acuerdo, que procede a dejar sin efecto las medidas adoptadas en el Acuerdo de 24 de marzo de 2020 (DOG 26 marzo de 2020) por el que se establecen medidas preventivas en el ámbito de la sanidad mortuoria, como consecuencia de la epidemia del COVID-19, en la Comunidad Autónoma de Galicia. Dichas medidas que ahora quedan sin efecto consistían básicamente en:
- Acondicionamiento del cadáver obligatoriamente utilizando bolsa sanitaria estanca autorizada a este fin, y sino es posible, doble sudario de plástico que garantice la manipulación segura del cadáver, que deberá pulverizarse con desinfectante sanitario.
- En los velatorios del cadáver no podrán asistir personas con síntomas respiratorios.
- Habrá que lavarse las manos con frecuencia con agua y jabón.
- No más de 8 personas en edificio y sin manifestaciones de condolencias a familiares.
- Obligatorio aplazar ceremonias de culto civiles o religiosas.
- Las comitivas de acompañamiento del entierro no tendrán más de 20 personas.
- No habrá servicio de cafetería en los tanatorios.
Al dejarse sin efecto este acuerdo de la Xunta de Galicia, se entiende que en los entierros y velatorios se aplicarán en Galicia las normas generales del Ministerio de Sanidad para la FASE II en cuanto a este apartado, recogidas en la Orden SND/414/2020 de 16 de mayo junto con las modificaciones aprobadas por la Orden SND/440/2020 de 23 de mayo, en las cuales en cuanto a los entierros y velatorios establece lo siguiente como normas generales:
- Los velatorios podrán realizarse en todo tipo de instalaciones, públicas o privadas, con un límite máximo, en cada momento, de 25 personas en espacios al aire libre o 15 en espacios cerrados, sean o no convivientes.
- La participación en la comitiva para el entierro o despedida para cremación del fallecido, se restringe a 25 personas entre familiares y allegados, además del ministro de culto en su caso.
- Deberán respetarse las medidas de seguridad e higiene relativas a higiene de manos, distancia mínima interpersonal de 2 metros y etiqueta respiratoria.
Esperamos que esta información les resulte de su interés.
Atentamente.