Orden Bonos Activa Adhesión Comercio

ORDEN de 8 de octubre de 2024 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas, en régimen de concurrencia no competitiva, del Programa de dinamización e incentivación del consumo en los comercios minoristas de la Comunidad Autónoma de Galicia a través de los bonos Activa comercio, y se procede a su convocatoria para el año 2024 y a la apertura del plazo para la adhesión de los comercios (código de procedimiento CO301B).

https://www.xunta.gal/dog/Publicados/2024/20241022/AnuncioG0767-091024-0002_es.html

EXTRACTO de la Orden de 8 de octubre de 2024 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas, en régimen de concurrencia no competitiva, del Programa de dinamización e incentivación del consumo en los comercios minoristas de la Comunidad Autónoma de Galicia a través de los bonos Activa comercio, y se procede a su convocatoria para el año 2024 y a la apertura del plazo para la adhesión de los comercios (código de procedimiento CO301B).

https://www.xunta.gal/dog/Publicados/2024/20241022/AnuncioG0767-091024-0003_es.html

Primero. Personas beneficiarias

Podrán ser personas beneficiarias de las ayudas las personas físicas mayores de edad y residentes en la Comunidad Autónoma de Galicia.

Segundo. Objeto

El objeto es la concesión de ayudas del Programa de dinamización e incentivación del consumo en los comercios minoristas de la Comunidad Autónoma de Galicia a través de los bonos Activa comercio.

Tercero. Bases reguladoras

Las bases reguladoras se publican conjuntamente en la convocatoria del programa de bonos Activa comercio.

Cuarto. Importe

Para la concesión de estas ayudas se destinarán 2.500.000,00 € con cargo a la aplicación presupuestaria 44.06.751A.480.1 de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2024.

Quinto. Fecha de activación de los bonos

Los bonos estarán disponibles para su descarga por las personas usuarias desde el 4 de noviembre hasta el 31 de diciembre de 2024, excepto en el caso de que el importe total de los descuentos efectivamente realizados en compraventas alcance los 2.500.000,00 €.

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